
Nueva Demanda Aceptada de PJL a SELAE
Hoy 2 de Octubre de 2018, los escuderos de esta asociación, (Roca) nos hicieron llegar la buena nueva a esta junta de que el próximo golpe a la casa se admitió a trámite
No bajamos la cabeza ni nos doblegamos jamás, Plataforma siempre en la lucha contra la injusticia de Selae.
Y tras la borrachera de la noticia de que NUESTRA SEGUNDA DEMANDA HA SIDO ADMITIDA A TRÁMITE paso a haceros un breve recordatorio de lo que en ella se solicitaba y del modo de defenderla :
Esta demanda tiene por objeto tres conductas de Selae cada una de las cuales, de manera distinta e independiente, infringe algún artículo de la LEY DE COMPETENCIA DESLEAL(LCD) , al abusar de la situación de dependencia económica de las Administraciones de lotería:
– Selae ha infringido algún artículo de la LCD al permitir que el CORTE INGLÉS (ECI ) sea gestor de más de un Punto de Venta, mientras que exige que las Administraciones de Loterías sólo puedan ser titular de una de ellas. Así, Selae está discriminando a las Administraciones de Loterías otorgándoles un trato desigual respecto de ECI, en detrimento de las mismas.
– Selae ha infringido también el mismo articulado de la LCD al impedir a los concesionarios la cesión y/o transmisión de su condición de concesionarios. Esto supone una imposición de condiciones inequitativas a unos concesionarios en situación de dependencia económica.
– Selae ha infringido de nuevo el mismo articulado de la LCD al abusar de la situación de dependencia económica de las Administraciones de Loterías, obligando a los Puntos de Venta a disponer, de forma obligatoria, de una póliza colectiva de seguro, en la que Selae ostenta la condición de beneficiario único, debiendo no obstante asumir los costes de la póliza los propios Gestores.
Para sustentar estos tres cargos por competencia desleal, esta demanda se estructurará en cuatro Fundamentos de Derecho:
(i) En primer lugar, demostraremos que las Administraciones de Lotería están en situación de dependencia económica;
(ii) En segundo lugar, demostraremos que se discrimina a los demás puntos de venta frente a el Corte inglés.
(iii) En tercer lugar, se imponen condiciones inequitativas al impedir transmitir el negocio a las concesiones administrativas;
(iiii) En cuarto lugar, se imponen condiciones inequitativas al obligar a suscribir un seguro a favor de selae.
